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LA POLÍTICA PESQUERA COMÚN

La política pesquera común (PPC) fue instaurada por el Tratado de Roma. Al principio estaba vinculada a la política agrícola común, pero con el tiempo se ha ido independizando de ella. La PPC, tras su reforma en 2002, tiene como objetivo principal garantizar la sostenibilidad de la pesca y la estabilidad de los ingresos y los puestos de trabajo de los pescadores. El Tratado de Lisboa introduce varias modificaciones en la política pesquera. En 2013, el Consejo y el Parlamento alcanzaron un acuerdo para crear una nueva PPC.

Las poblaciones de peces pueden ser renovables, pero son limitadas. Sin embargo, algunas están siendo sobreexplotadas. Como consecuencia de ello, los países de la UE han tomado medidas para garantizar la sostenibilidad del sector pesquero europeo e impedir que el tamaño de las poblaciones y la productividad no se vean amenazadas a largo plazo.

La PPC se introdujo por primera vez en los años setenta y ha sufrido varias actualizaciones, siendo la más reciente la que entró en vigor el 1 de enero de 2014.

¿Cuáles son los objetivos de la reforma de la Política Pesquera Común?

Con la PPC se pretende garantizar que la pesca y la acuicultura sean sostenibles desde el punto de vista medioambiental, económico y social, y ofrezcan a los ciudadanos de la UE una fuente de alimentación buena para la salud. Su finalidad es dinamizar el sector pesquero y asegurar un nivel de vida justo para las comunidades pesqueras.

Aunque es importante aumentar las capturas, también tiene que haber unos límites. Debemos evitar que las prácticas de pesca impidan la reproducción de las especies. La política actual prevé que entre 2015 y 2020 se fijarán límites de capturas que sean sostenibles y permitan mantener las poblaciones a largo plazo.

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Actualmente, no se comprenden bien las repercusiones de la pesca en un entorno marino frágil. Por esa razón, la PPC adopta un enfoque cautelar que reconoce el impacto de la actividad humana en todos los elementos del ecosistema. Pretende así que las capturas de las flotas pesqueras sean más selectivas y suprimir progresivamente la práctica del descarte de los peces no deseados.

La reforma también modifica la manera de gestionar la PPC y concede a los países de la UE un mayor poder de control a escala nacional y regional.

La PPC consta de 4 ámbitos de actividad principales:

La PPC también incluye normas sobre la acuiculturay la participación de las partes interesadas.

La reforma de la PPC introduce la práctica prohibición de los descartes en un plazo definido claramente que irá de 2015 hasta 2019. Las capturas no deseadas devueltas al mar, normalmente por su pequeño tamaño o por tratarse de otro tipo de especies, representan una cuarta parte del total de capturas en la Unión Europea y, en la mayoría de los casos, los peces mueren.

Con el fin de poner término a esta práctica, que actualmente no está sujeta a ningún tipo de prohibición, la nueva PPC obligará a los barcos a descargar al menos el 93 por ciento de las capturas en 2015 y 2016, el 94 por ciento en 2017 y 2018 y el 95 por ciento a partir de 2019. El Parlamento ha intentado mantener este porcentaje lo más alto posible durante las negociaciones con los Estados miembros.

Podrán aprobarse algunas excepciones cuando a los pescadores afectados les resulte sumamente difícil realizar capturas más selectivas o cuando la transformación de las capturas accesorias conlleve costes desproporcionadamente altos.

Capacidad de la flota

Respecto al exceso de capacidad que existe en algunos segmentos de la flota de la UE, la nueva política pesquera obliga a los Estados miembros a adaptar sus capacidades de captura a los recursos disponibles y, por tanto, evitar la sobreexplotación de las poblaciones de peces. Cada país podrá escoger las medidas y los instrumentos para reducir la capacidad de las flotas.

Si un Estado miembro no cumple su obligación de evaluar y eliminar la sobrecapacidad de su flota, podrá estar sujeto a la suspensión o interrupción de la ayuda financiera de la UE dirigida al sector en cuestión.

Pesca costera

La reforma reconoce la importancia de promover la creación de empleo directo e indirecto en las regiones costeras y mantiene las normas vigentes que restringen el acceso a los recursos marinos situados dentro de las 12 millas náuticas. El objetivo de esta medida es preservar la pesca artesanal y, por tanto, fomentar el desarrollo social y económico de las comunidades dependientes de estas artes pesqueras.

Regiones ultraperiféricas

La nueva PPC tiene por objetivo proteger los recursos marinos de las regiones ultraperiféricas, entre ellas las islas Canarias. La nueva política pesquera permitirá a los Estados miembros restringir las actividades pesqueras en las aguas que circunden las regiones ultraperiféricas hasta las 100 millas náuticas. El acuerdo prevé que los países podrán limitar, hasta finales de 2022, la pesca en estas aguas a los buques registrados en los puertos de los territorios ultraperiféricos.

Criterios de acceso

La reforma también incluye criterios de acceso, de tal forma que los Estados miembros deberán repartir en el futuro las cuotas de capturas entre sus pescadores de acuerdo con criterios objetivos y transparentes. Estos criterios deberán contemplar aspectos medioambientales, sociales y económicos, lo que beneficiará a los segmentos de la flota pesquera que puedan demostrar que crean un número de puestos de trabajo superior a la media y que generan un impacto en el medio ambiente por debajo de la media.

Regionalización

Otra de las medidas previstas afecta a una mayor «regionalización» de las decisiones. Su objetivo es adoptarlas, especialmente cuando se trate de normas técnicas detalladas que deban establecerse en cada zona marítima, a través de un contacto más estrecho con los afectados, y no de forma centralizada como hasta ahora. Aunque la UE deberá seguir comprobando si se están cumpliendo los principios de la política pesquera de la UE.

Países terceros

El texto establece además que la UE debe evitar contribuir a la sobrepesca en aguas de países terceros. Especifica que sólo podrán capturarse los excedentes no utilizados por un país tercero, tal como se prevé en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. En el futuro, los acuerdos de pesca con países terceros incluirán una cláusula en materia de derechos humanos, es decir, que los acuerdos podrán suspenderse si se violan estos derechos.

¡Esperamos que os haya resultado de interés!

 

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