TRATADOS CONSTITUTIVOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Toda sociedad tiene una Constitución que define la estructura de su sistema político. Mediante la Constitución se regulan las relaciones de los miembros de la sociedad entre sí y con la estructura central, se fijan los objetivos comunes y se establecen las reglas de juego mediante las cuales se adoptan las decisiones de obligado cumplimiento. La UE es una «federación» de Estados a la que han sido transferidas una serie de funciones y tareas; por ello, su Constitución debe ser capaz de responder a las mismas preguntas que la Constitución de un Estado.

Los Estados se rigen por dos principios de organización esenciales: el Derecho («rule of law») y la democracia. Todo lo que hace la Unión, si quiere atenerse a estos principios, debe tener un fundamento jurídico y democrático: creación, estructura, competencias, funcionamiento, posición de los Estados miembros y sus órganos, posición del ciudadano.

Tras el fracaso del Tratado Constitucional del 29 de octubre de 2004, la «Constitución» de la UE sigue sin encontrarse recogida en un texto constitucional único —a diferencia de lo que ocurre con la mayoría de los Estados miembros—. Resulta de un conjunto de normas y valores fundamentales que los responsables estiman vinculantes y que, en parte, figuran en los Tratados europeos o en los actos jurídicos adoptados por las instituciones de la Unión o que, en parte, derivan de la costumbre.

Sin embargo, la Unión Europea cuenta con una constitución material, la formada por los tratados constitutivos. El propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia Los Verdes y el dictamen 1/91, consideró a los Tratados como carta constitucional básica de la Comunidad, entendiendo respecto del Tratado que “aunque haya sido celebrado en forma de convenio internacional, no por ello deja de ser la carta constitucional de una Comunidad de Derecho«.

Esta Constitución material esta formada por cuatro textos comunitarios:

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (1951) – El Tratado CECA, firmado en París en 1951, reúne a Francia, Alemania, Italia y los países del Benelux en una Comunidad que tiene por objeto organizar la libertad de circulación del carbón y del acero y el libre acceso a las fuentes de producción. Además, se crea una Alta Autoridad común que supervisa el mercado y el respeto de las normas de competencia y vela por la transparencia de los precios. Este Tratado está en el origen de las instituciones tal y como hoy las conocemos.

Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (1957) – Es el texto en que se contiene con mayor detalle el marco jurídico en que se desarrollan las distintas políticas y acciones de la Unión en todos sus ámbitos y los principios constitucionales que los rigen, con excepción de la política exterior y de seguridad común y de su política común de seguridad y defensa, excepcionalmente ubicadas en el TUE.

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (1957) – Pese a su naturaleza formal constitutiva, hoy en día surte una actividad políticamente residual.

Tratado de la Unión Europea (1992) - Es el sustrato político principal de toda la Unión Europea. Firmado en la ciudad neerlandesa de Maastricht el 7 de febrero de 1992, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993 y fue concebido como la culminación política de un conjunto normativo, vinculante para todos los estados miembro de la unión, tanto para los futuros miembros como para los estados firmantes en el momento del tratado.

Las constituciones están formadas por una parte orgánica y por una parte dogmática, donde se recogen las declaraciones de derechos. Este papel, en la constitución material europea lo desempeña la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

La Carta no forma parte del Tratado de Lisboa, como se programó inicialmente, pero la remisión del articulo 6 del Tratado de la Unión Europea le otorga el mismo valor jurídico que los Tratados: «La Unión reconoce los derechos, libertades y principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000, tal como fue adaptada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo, la cual tendrá el mismo valor jurídico que los Tratados».

¡Os esperamos mañana en una nueva entrada de nuestro blog!

 

 

 

FacebookTwitter

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *


5 × = 45

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>