POLÍTICA DE MEDIO AMBIENTE

La política medioambiental europea se basa en los principios de cautela, prevención, corrección de la contaminación en su fuente y «quien contamina paga». Los programas de acción plurianuales en materia de medio ambiente fijan el marco de las acciones futuras en todos los ámbitos de la política de medio ambiente. Se integran en estrategias horizontales y se tienen en cuenta en las negociaciones internacionales en materia de medio ambiente. Además, su aplicación es esencial.

 

Esta política aparece regulada en los Artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La UE es competente para actuar en todos los ámbitos de la política de medio ambiente, como la contaminación del aire y el agua, la gestión de residuos y el cambio climático. Su ámbito de actuación se ve limitado por el principio de subsidiariedad y por el requisito de unanimidad en el Consejo en los ámbitos de asuntos fiscales, ordenación territorial, utilización del suelo, gestión cuantitativa de los recursos hídricos, elección de fuentes de energía y estructura del abastecimiento energético.

La política medioambiental de la UE se basa en los principios de cautela, prevención, corrección de la contaminación en su fuente y «quien contamina paga». El principio de precaución es una herramienta de gestión del riesgo a la que puede recurrirse en caso de incertidumbre científica sobre una sospecha de riesgo para la salud humana o el medio ambiente que se derive de una acción o política determinada. Por ejemplo, para evitar daños a la salud humana y al medio ambiente en caso de duda sobre los efectos potencialmente peligrosos de un producto, pueden darse instrucciones de detener la distribución de tal producto o retirarlo del mercado si las dudas persisten tras una evaluación científica objetiva. Estas medidas han de ser no discriminatorias y proporcionadas y revisarse una vez se disponga de más información científica.

El principio de «quien contamina paga» se aplica por medio de la Directiva sobre responsabilidad medioambiental (DRM), cuyo objetivo es prevenir o poner remedio a los daños medioambientales causados a especies protegidas y hábitats naturales, el agua y el suelo. Los operadores que realizan determinadas actividades profesionales, como el transporte de sustancias peligrosas, o actividades que implican vertidos a las aguas, deben tomar medidas preventivas en caso de amenaza inminente para el medio ambiente. De haberse producido ya el daño, están obligados a tomar las medidas adecuadas para remediarlo y a pagar los costes. El ámbito de aplicación de la Directiva se ha ampliado en tres ocasiones para incluir la gestión de residuos de extracción, la explotación de emplazamientos de almacenamiento geológico y la seguridad de las operaciones de extracción de petróleo y gas, respectivamente.

Además, la integración de consideraciones medioambientales en otros ámbitos políticos de la UE, aspecto que apareció por primera vez a raíz de una iniciativa del Consejo Europeo celebrado en Cardiff en 1998 (el «proceso de Cardiff»), ha pasado a ser un importante concepto en las políticas europeas (ahora consagrado en el artículo 11 del TFUE). En los últimos años, la integración de la política medioambiental ha alcanzado, por ejemplo, avances significativos en el ámbito de la política energética, tal como se refleja en el desarrollo paralelo del paquete de la UE sobre el clima y la energía o en la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050, en la que se estudian maneras rentables de hacer que la economía europea sea más respetuosa con el clima y consuma menos energía. Esto demuestra cómo los sectores responsables de las emisiones en Europa (generación de energía, industria, transporte, edificios y construcción, así como la agricultura) pueden contribuir a la transición a una economía hipocarbónica en las próximas décadas.

 

Dentro de la política medioambiental encontramos acciones más concretas relacionadas con sectores específicos, como pueden ser:

 

  • El cambio climático y el medio ambiente

 

La lucha contra el cambio climático es un elemento fundamental del programa medioambiental de la Unión Europea y se está integrando cada vez más en otras políticas, como la energía, el transporte, la agricultura y el desarrollo regional. El objetivo de la política climática de la UE es limitar el calentamiento del planeta a 2° C sobre los niveles térmicos medios de la era preindustrial. La UE se compromete a reducir, hasta el año 2020, las emisiones de gases de efecto invernadero al menos un 20 % respecto a los niveles de 1990, a mejorar la eficiencia energética en un 20 % y a aumentar la parte de las energías renovables hasta alcanzar el 20 % del consumo final. Además, para 2030 se han establecido otros objetivos ambiciosos. Un mecanismo fundamental para la lucha contra el cambio climático es el Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCCDE).

 

  • La biodiversidad, la naturaleza y el suelo

 

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) de 1992 supuso un gran paso hacia la conservación de la biodiversidad y la protección de la naturaleza gracias a la adopción del Convenio sobre la Diversidad Biológica. En 2011 la UE se comprometió a detener la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos en la UE para 2020. Sin embargo, todavía no se han alcanzado otros objetivos establecidos en la Directiva sobre hábitats y en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Desde 1992 LIFE ha sido el instrumento financiero más importante para la protección de la biodiversidad en la UE.

 

  • La protección y la gestión de las aguas

 

El agua es esencial para la vida de los seres humanos, los animales y las plantas, así como un recurso indispensable para la economía; su protección y gestión trascienden de las fronteras nacionales. La legislación sobre aguas de la UE cambió a partir de la adopción en 2000 de la Directiva marco sobre el agua (DMA), que introdujo un enfoque global para la gestión y la protección de las aguas superficiales y subterráneas basado en las cuencas hidrográficas. Complementan a la DMA varios acuerdos internacionales y actos legislativos relacionados con la contaminación, la calidad y la cantidad de las aguas.

 

  • La contaminación atmosférica y acústica

 

La contaminación atmosférica perjudica a nuestra salud y al medio ambiente. Aunque son muchas sus fuentes, procede principalmente de la industria, el transporte, la producción de energía y la agricultura. Una nueva estrategia de la Unión en materia de calidad del aire persigue el pleno cumplimiento de la legislación vigente sobre la calidad del aire para 2020 y fija nuevos objetivos a largo plazo para 2030. Por otra parte, el tráfico y la actividad industrial, ambos en aumento, suelen provocar contaminación acústica; este tipo de contaminación también puede perjudicar a la salud humana. La Directiva sobre el ruido ambiental contribuye a determinar los niveles de ruido en el interior de la Unión y a la adopción de las medidas necesarias para reducirlos a valores aceptables. Existe asimismo legislación específica sobre las emisiones sonoras procedentes de fuentes concretas.

 

  • La eficiencia de los recursos y los residuos

 

El uso que se hace hoy en día y que se ha venido haciendo en el pasado de los recursos se ha traducido en altos niveles de contaminación, la degradación del medio ambiente y el agotamiento de los recursos naturales. La Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos debería cambiar esa tendencia, ya que expone cómo podemos transformar la economía de la UE en una economía sostenible para el año 2050. La política de la UE en materia de residuos tiene una larga historia y, tradicionalmente, se ha centrado en una gestión de residuos más sostenible desde el punto de vista ambiental. La nueva agenda, basada en la eficiencia de los recursos, incluirá una revisión de los objetivos clave establecidos en la legislación de la UE en materia de residuos.

 

  • Consumo y producción sostenibles

 

El crecimiento sostenible es uno de los objetivos fundamentales de la Unión Europea. Ante la escasez mundial de recursos naturales, «hacer más con menos» ha pasado a ser el principal reto de productores y consumidores. Para hacer frente a este desafío, la Unión ha puesto en marcha una amplia gama de políticas e iniciativas en pos de un consumo y una producción sostenibles. Estas tienen como objetivo mejorar el rendimiento medioambiental global de los productos a lo largo de todo su ciclo de vida, estimular la demanda de mejores productos y tecnologías de producción y ayudar a los consumidores a tomar decisiones con conocimiento de causa.

 

  • Los productos químicos

 

La legislación de la Unión Europea sobre productos químicos está orientada a proteger la salud humana y el medio ambiente y evitar las barreras al comercio. Está compuesta de normas que regulan la comercialización y el uso de distintas categorías de productos químicos, de un conjunto de restricciones armonizadas sobre la introducción en el mercado y la utilización de determinadas sustancias y preparados peligrosos y de normas que regulan los accidentes graves y las exportaciones de sustancias peligrosas. El principal logro de la Unión es el Reglamento REACH, que regula el registro, la evaluación y la autorización de tales sustancias, así como las restricciones que puedan aplicarse a ellas.

 

El Parlamento Europeo desempeña un importante papel en la definición de la legislación de la UE en materia de medio ambiente. A lo largo de su séptima legislatura (2009-2014), el Parlamento, colegislador junto con el Consejo, ha adoptado, entre otras cosas, legislación sobre emisiones de vehículos e industriales, residuos electrónicos y bolsas de plástico, traslado ilegal de residuos y desguace de viejos buques.

 

Además, el Parlamento ha reconocido en reiteradas ocasiones la necesidad de mejorar la aplicación como prioridad clave. En una Resolución de 2013 sobre «sacar el mejor partido de las medidas ambientales de la UE: instaurar la confianza mediante la mejora de los conocimientos y la capacidad de respuesta», criticó el nivel insatisfactorio de aplicación de la legislación medioambiental en los Estados miembros y formuló varias recomendaciones para lograr una aplicación más eficaz, como la difusión de mejores prácticas entre Estados miembros y entre autoridades regionales y locales. En su posición sobre el actual Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente (que se prolongará hasta 2020), el Parlamento subrayó también la necesidad de hacer cumplir con mayor rigor la legislación de la UE en materia de medio ambiente. Insistió en que el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente «contribuirá a un nivel elevado de protección del medio ambiente y a la mejora de la calidad de vida y el bienestar de los ciudadanos». También pidió una mayor seguridad de la inversión que respalda la política medioambiental y esfuerzos para combatir el cambio climático, así como que se preste una atención mayor y mejor a las consideraciones medioambientales en otras políticas.

 

En una Resolución de 2010, el Parlamento consideró que los aspectos medioambientales de la Estrategia UE 2020 son en términos generales demasiado débiles y se han de reforzar y pidió que se fijen metas medioambientales claras y mensurables «dentro de los principales objetivos de la estrategia, esforzándose por detener la pérdida de biodiversidad».

 

Recientemente, el Parlamento ha aprobado una actualización de la Directiva sobre las evaluaciones de impacto ambiental para clarificar el texto, incluir la biodiversidad y el cambio climático y garantizar que las autorizaciones de proyectos no estén sujetas a conflictos de intereses. En el marco de las negociaciones con el Consejo, el Parlamento logró elevar los niveles de calidad para proteger la salud humana y el medio ambiente. Aunque tuvo que ceder por lo que se refiere a las evaluaciones de impacto ambiental obligatorias para la extracción y exploración de gas de esquisto, los riesgos para la salud humana o el medio ambiente deberán tenerse en cuenta en relación con los nuevos proyectos en el ámbito del gas.

¡Os esperamos en próximas entradas!

 

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